Repertorio de jurisprudencia (01/2017)
Desde la apertura del nuevo curso judicial, el pasado 5 de septiembre, el Tribunal de Justicia y el Tribunal General han adoptado múltiples resoluciones, que abarcan diversas materias como son la protección de los pasajeros y usuarios de aerolíneas, la propiedad industrial, la defensa de la competencia, la regulación pesquera, los derechos sociales y la protección de los consumidores en materia financiera. Desde la Academia, hemos querido dar cuenta de las sentencias más destacadas pronunciadas hasta ahora, exponiendo, a continuación y de manera sintética, su contenido:
1. Jurisprudencia del Tribunal de Justicia
AGRICULTURA
COMPETENCIA
CRISIS MIGRATORIA
DERECHOS DE LOS USUARIOS DE AEROLÍNEAS
DERECHO INSTITUCIONAL
FISCALIDAD
POLÍTICA PESQUERA COMÚN
POLÍTICA SOCIAL
PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
2. Conclusiones de Abogado General
COMPETENCIA
DIVORCIO Y SEPARACIÓN JUDICIAL
PROPIEDAD INDUSTRIAL
POLÍTICA SOCIAL
TRATADO BILATERAL DE INVERSIONES
3. Jurisprudencia del Tribunal General
Los comunicados de prensa relativos a los asuntos anteriores, cuando disponibles en la página web curia, pueden hallarse aquí.
1. Jurisprudencia del Tribunal de Justicia
AGRICULTURA
- Sentencia de 13 de septiembre de 2017 , Fidenato y Taboga (C‑111/16, EU:C:2017:676) - Los Estados miembros no pueden adoptar medidas de emergencia en relación con los alimentos y piensos modificados genéticamente si no es evidente que existe un riesgo grave para la salud o el medio ambiente.
COMPETENCIA
- Sentencia de 6 de septiembre de 2017, Intel/Comisión (C‑413/14 P, EU:C:2017:632) - El Tribunal de Justicia anula la sentencia del Tribunal General que confirmó la multa impuesta por la Comisión a Intel por abuso de posición dominante. Se devuelve el asunto al Tribunal General para que éste examine las alegaciones de Intel sobre la capacidad de los descuentos controvertidos para restringir la competencia.
- Sentencia de 7 de septiembre de 2017, Austria Asphalt (C‑248/16, EU:C:2017:643) - El artículo 3 del Reglamento nº 139/2004 del Consejo, de 20 de enero de 2004, sobre el control de las concentraciones entre empresas, debe interpretarse en el sentido de que sólo se entenderá que se produce una concentración como resultado del cambio de naturaleza del control ejercido sobre una empresa existente, que deja de ser exclusivo y pasa a ser conjunto, si la empresa en participación resultante de tal operación desempeña de forma permanente todas las funciones propias de una entidad económica autónoma.
- Sentencia de 13 de septiembre de 2017, ENEA (C‑329/15, EU:C:2017:671) - Conforme a las conclusiones del abogado general, el Tribunal de Justicia ha establecido que el artículo 107 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que una medida nacional, como la examinada en el litigio principal, que impone a las empresas, ya sean públicas o privadas, una obligación de compra de electricidad generada mediante cogeneración con la producción de calor no constituye una intervención estatal o mediante fondos estatales.
- Sentencia de 14 de septiembre de 2017, Autortiesību un komunicēšanās konsultāciju aģentūra — Latvijas Autoru apvienība (C‑177/16, EU:C:2017:689) - El comercio entre los Estados miembros puede verse afectado por la cuantía de los cánones fijados por una sociedad de gestión de derechos de autor que tiene un monopolio y gestiona también los derechos de titulares extranjeros, de tal modo que procede aplicar el artículo 102 TFUE.
CRISIS MIGRATORIA
- Sentencia de 6 de septiembre de 2017, Eslovaquia y Hungría/Consejo (C‑643/15 y C‑647/15, EU:C:2017:631) - El Tribunal de Justicia desestima los recursos de Eslovaquia y de Hungría contra el mecanismo provisional de reubicación obligatoria de solicitantes de asilo. El mecanismo contribuye de forma efectiva y proporcionada a que Grecia e Italia puedan hacer frente a las consecuencias de la crisis migratoria de 2015.
DERECHOS DE LOS USUARIOS DE AEROLÍNEAS
- Sentencia de 7 de septiembre de 2017, Bossen y otros (C‑559/16, EU:C:2017:644) - La compensación debida a los pasajeros en caso de cancelación o gran retraso de un vuelo con conexión debe calcularse en función de la distancia a vuelo de pájaro entre los aeropuertos de salida y llegada. El hecho de que, debido a la conexión, la distancia efectivamente recorrida por ese vuelo sea superior a la distancia entre los aeropuertos de salida y de llegada no incide en el cálculo de la compensación.
DERECHO INSTITUCIONAL
- Sentencia de 12 de septiembre de 2017, Anagnostakis/Comisión (C‑589/15 P, EU:C:2017:663) - El Tribunal de Justicia confirma que no puede registrarse la propuesta de iniciativa ciudadana europea presentada por un nacional griego dirigida a permitir la cancelación de la deuda pública de los países en estado de necesidad. El objeto de esta iniciativa no encuentra base alguna en los Tratados.
FISCALIDAD
- Sentencia de 12 de septiembre de 2017, Austria/Alemania (C‑648/15, EU:C:2017:664) - En su formación de Gran Sala, en el marco de una disputa entre Alemania y Austria, el Tribunal de Justicia ha estimado que el concepto de «créditos con participación en los beneficios», utilizado en el artículo 11, apartado 2, del Convenio entre la República de Austria y la República Federal de Alemania para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, de 24 de agosto de 2000, debe interpretarse en el sentido de que no comprende unos títulos como los controvertidos en dicho asunto. En esencia, mientras que la República de Austria consideraba que, como Estado miembro de residencia del beneficiario efectivo de los intereses pagados, es la única que podía gravar tales rendimientos, la República Federal de Alemania reivindicaba también el derecho a gravar estos mismos rendimientos, como Estado miembro de origen de estos intereses. Este conflicto de interpretación provocó la doble imposición de los intereses obtenidos por Bank Austria, lo que dio lugar a la controversia promovida ante el Tribunal de Justicia.
POLÍTICA PESQUERA COMÚN
- Sentencia de 13 de septiembre de 2017, Pappalardo y otros/Comisión (C‑350/16 P, EU:C:2017:672) - La prohibición anticipada de la pesca de atún rojo por parte de la Comisión en 2008 no puede dar lugar a ninguna indemnización en favor de los pescadores. Según el Tribunal de Justicia, el recurso interpuesto por los pescadores italianos ante el Tribunal General era manifiestamente infundado, puesto que invocan en su benecifio un plazo del que los pescadores españoles disfrutaron de manera ilegal.
POLÍTICA SOCIAL
- Sentencia de 7 de septiembre de 2017, H. (C‑174/16, EU:C:2017:637) - La cláusula 5, apartados 1 y 2, del Acuerdo Marco revisado sobre el permiso parental que figura en el anexo de la Directiva 2010/18/UE del Consejo, de 8 de marzo de 2010, debe interpretarse en el sentido de que se opone a una norma nacional, como la controvertida en el litigio principal, que somete la promoción definitiva a un puesto directivo en la función pública al requisito de que el candidato seleccionado supere con éxito un período de prácticas previo de dos años en ese puesto y en virtud de la cual, en una situación en la que dicho candidato ha estado durante la mayor parte de ese período en permiso parental, y sigue estándolo, este período de prácticas finaliza legalmente tras el período de dos años, sin que sea posible prorrogarlo, de modo que, en consecuencia, al final de su permiso parental, el interesado se reincorpora al puesto, de nivel inferior tanto estatutaria como retributivamente, que ocupaba con anterioridad a ser admitido para realizar dicho período de prácticas. El objetivo perseguido por ese período de prácticas, que consiste en permitir evaluar la aptitud para ocupar el puesto directivo que ha de cubrirse, no puede justificar las infracciones de dicha cláusula.
- Sentencia de 14 de septiembre de 2017, Nogueira y otros (C‑168/16 y C‑169/16, EU:C:2017:688) - En los litigios relativos a sus contratos de trabajo, los empleados como personal de vuelo disponen de la facultad de dirigirse al juez del lugar a partir del cual cumplan lo esencial de sus obligaciones respecto de su empresa. El juez nacional debe determinar dicho lugar a la luz de todas las circunstancias relevantes, para lo cual constituye un indicio significativo la "base " de trabajo.
PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES
- Sentencia de 20 de septiembre de 2017, Andriciuc y otros (C‑186/16, EU:C:2017:703) - La exigencia de que una cláusula contractual debe redactarse de manera clara y comprensible supone que, en el caso de los contratos de crédito, las instituciones financieras deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que éstos puedan tomar decisiones fundadas y prudentes. Esta exigencia implica que una cláusula con arreglo a la cual el préstamo ha de reembolsarse en la misma divisa extranjera en que se contrató debe ser comprendida por el consumidor en el plano formal y gramatical, así como en cuanto a su alcance concreto, de manera que un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, pueda no sólo conocer la posibilidad de apreciación o de depreciación de la divisa extranjera en que el préstamo se contrató, sino también valorar las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de dicha cláusula sobre sus obligaciones financieras.
2. Conclusiones de Abogado General
COMPETENCIA
- Conclusiones de 6 de septiembre de 2017 del Abogado General Wathelet presentadas en el asunto Industrias Químicas del Vallés/Comisión (C‑244/16 P, EU:C:2017:635) - Las interpretaciones literal y teleológica y el principio de seguridad jurídica hacen pensar al Abogado General que el verbo «incluir» utilizado en el artículo 263 TFUE, párrafo cuarto, in fine, debe interpretarse en el sentido de que se refiere únicamente a las medidas de ejecución necesariamente adoptadas sobre la base inmediata de un acto reglamentario.
- Conclusiones de 7 de septiembre de 2017 del Abogado General Wathelet presentadas en los asuntos Comunidad Autónoma del País Vasco y Itelazpi/Comisión, Comunidad Autónoma de Galicia y Retegal/Comisión y España/Comisión (C‑66/16 P, C‑70/16 P y C‑81/16 P, EU:C:2017:654) - El Abogado General destaca, entre otros aspectos, que sería imposible comprobar si un Estado miembro ha respetado los límites de su amplia facultad de apreciación en la designación de los servicios de interés económico general (SIEG) si no se sabe con certeza a quién se ha encomendado la ejecución de obligaciones de servicio público y cuál es la naturaleza, la duración y el alcance de sus obligaciones. Por añadidura, esta exigencia de transparencia sobre la misión encargada es imperativa para verificar si se cumplen los demás requisitos de la sentencia Altmark y del artículo 106 TFUE, apartado 2. En particular, sería imposible comprobar si se cumple el tercer requisito de la sentencia Altmark, a saber, que «la compensación no super[e] el nivel necesario para cubrir total o parcialmente los gastos ocasionados por la ejecución de las obligaciones de servicio público», si la naturaleza y el alcance de estas obligaciones no están claramente definidas.
- Conclusiones de 14 de septiembre de 2017 del Abogado General Kokott presentadas en el asunto Gasorba y otros (C‑547/16, EU:C:2017:692) - El artículo 16, apartado 1, del Reglamento (CE) n.º 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas de competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado, debe interpretarse en el sentido de que una decisión de compromisos adoptada por la Comisión Europea en virtud del artículo 9, apartado 1, del mismo Reglamento en relación con un determinado acuerdo entre empresas no impide a los órganos jurisdiccionales nacionales examinar la conformidad de ese mismo acuerdo con las normas en materia de competencia y, en su caso, declarar su nulidad con arreglo al artículo 101 TFUE, apartado 2.
DIVORCIO Y SEPARACIÓN JUDICIAL
- Conclusiones de 14 de septiembre de 2017 del Abogado General Saugmandsgaard Øe presentadas en el asunto Sahyouni (C‑372/16, EU:C:2017:686) - El Abogado General estima que los divorcios privados no entran dentro del ámbito de aplicación de "Roma III". Considera que, en todo caso, dicho Reglamento, relativo a la ley aplicable al divorcio, no permite reconocer la validez de un divorcio de este tipo cuando la ley extranjera designada es discriminatoria.
PROPIEDAD INDUSTRIAL
- Conclusiones de 12 de septiembre de 2017 del Abogado General Mengozzi presentadas en el asunto Schweppes (C‑291/16, EU:C:2017:666) - El Abogado General precisa los criterios que determinan si Schweppes S.A., filial española del grupo Orangina Schweppes, puede oponerse a la importación o a la comercialización en España de productos Schweppes procedentes del Reino Unido, donde esta marca pertenece a Coca-Cola. Según el Abogado General, el Derecho de la Unión se opone a que se invoque el derecho exclusivo si, debido a la existencia de vínculos económicos entre los titulares respectivos, estas marcas se encuentran bajo un control único y Schweppes tiene la posibilidad de determinar directa o indirectamente los productos en los que se coloca la marca Schweppes en el Reino Unido y de controlar su calidad.
POLÍTICA SOCIAL
- Conclusiones de 14 de septiembre de 2017 de la Abogado General Sharpston presentadas en el asunto Porras Guisado (C‑103/16, EU:C:2017:691) - Según la Abogado General, un despido colectivo no siempre puede considerarse un "caso excepcional" que permita despedir a una trabajadora embarazada. En el marco de un despido colectivo, el despido de una trabajadora embarazada sólo puede producirse en casos excepcionales no inherentes al embarazo, y siempre que en la práctica no haya realmente posibilidad de recolocarla en otro puesto de trabajo adecuado.
TRATADO BILATERAL DE INVERSIONES
- Conclusiones de 19 de septiembre de 2017 del Abogado General Wathelet presentadas en el asunto Achmea (C‑284/16, EU:C:2017:699) - Según el Abogado General, la cláusula de arbitraje incluida en el acuerdo celebrado entre los Países Bajos y Eslovaquia sobre la protección de las inversiones es compatible con el Derecho de la Unión. La cláusula no implica una discriminación basada en la nacionalidad, es compatible con el procedimiento de remisión prejudicial y no menoscaba ni el orden de competencias fijado por los Tratados ni la autonomía del sistema jurídico de la Unión.
3. Jurisprudencia del Tribunal General
- Sentencia de 12 de septiembre de 2017, Laufen Austria/Comisión (T‑411/10 RENV, no publicada, EU:T:2017:598) - Competencia — Prácticas colusorias — Mercados belga, alemán, francés, italiano, neerlandés y austriaco de productos y accesorios para cuartos de baño — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 101 TFUE y del artículo 53 del Acuerdo EEE — Multas — Imposición de una multa con carácter solidario a una sociedad matriz y a su filial — Límite máximo del 10 % del volumen de negocios — Cálculo del límite máximo basado únicamente en el volumen de negocios de la filial correspondiente al período de la infracción anterior a su adquisición por la sociedad matriz
- Sentencia de 12 de septiembre de 2017, Bayerische Motoren Werke/Comisión (T‑671/14, EU:T:2017:599) - Ayudas de Estado — Ayudas regionales a la inversión — Ayuda de Alemania en favor de un gran proyecto de inversión de BMW en Leipzig relativo a la producción de dos modelos de vehículos eléctricos (i3 y i8) — Decisión por la que se declara la ayuda parcialmente compatible y parcialmente incompatible con el mercado interior — Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra c) — Artículo 108 TFUE, apartados 2 y 3 — Efecto incentivador de la ayuda — Necesidad de la ayuda.
- Sentencia de 15 de septiembre de 2017, Skareby/SEAE (T‑585/16, EU:T:2017:613) - Función pública — Funcionarios — Libertad de expresión — Deber de lealtad — Perjuicio grave a los intereses legítimos de la Unión — Denegación de la autorización para publicar un artículo — Invitación a modificar el texto — Artículo 17 bis del Estatuto — Objeto de recurso — Decisión desestimatoria de la reclamación administrativa.
- Sentencia de 18 de septiembre de 2017, Codorníu/EUIPO – Bodegas Altun (ANA DE ALTUN) (T‑86/16, no publicada, EU:T:2017:627) - Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión Vermögensmanufaktur — Motivos de denegación absolutos — Carácter descriptivo — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) n.º 207/2009 — Artículo 52, apartado 1, letra a), del Reglamento n.º 207/2009.
- Sentencia de 20 de septiembre de 2017, Jordi Nogués/EUIPO — Grupo Osborne (BADTORO) (T‑350/13, EU:T:2017:633) - Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión BADTORO — Marcas denominativas de la Unión y figurativa nacional anteriores TORO — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos — Similitud entre los productos y servicios — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.º 207/2009
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